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Rebajas en el IAE e IBI | Madrid 2020

Rebajas en el IAE e IBI | Madrid 2020

miércoles, 3 de junio de 2020

Restaurantes, teatros, museos, comercios y empresas de especial interés público de Madrid tendrán rebajas en el IAE e IBI.

El 29 de mayo de 2020 el Ayuntamiento de Madrid publicó en el Boletín Oficial la modificación de las ordenanzas fiscales del IAE y el IBI, con el objetivo de introducir medidas fiscales destinadas a paliar los efectos provocados por el Estado de alarma debido al COVID-19 en los negocios establecidos en Madrid.

Se han aprobado dos beneficios fiscales de carácter temporal consistentes en una bonificación del 25% en la cuota municipal del IAE, y de la cuota del IBI aplicables al ejercicio 2020, de la que podrán disfrutar las empresas y empresarios que realicen actividades de especial interés público en el municipio (ninguna de las dos bonificaciones podrá ser disfrutada cuando el titular de la actividad esté establecido en un paraíso fiscal).

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Se considera que la actividad es de especial interés público cuando:

  1. El sujeto pasivo esté dado de alta en un epígrafe de actividad incluido en el listado que proporciona la propia ordenanza y,
  2. La actividad se viniese desarrollando con anterioridad a 15 de marzo y se continúe realizando con posterioridad a 31 de diciembre de 2020.

La bonificación se podrá ampliar al ejercicio 2021 condicionada al mantenimiento del empleo durante todo el ejercicio 2020. Se prevé una bonificación incrementada del 50%, si el sujeto pasivo tiene contratados menos de 10 trabajadores.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Tendrán derecho a la bonificación del IBI los titulares de los bienes inmuebles que:

  1. Estén destinados a los usos de ocio y hostelería, comercial, y espectáculos y cultural, constando este uso reflejado a nivel catastral, y
  2. Que la actividad se viniese desarrollando con anterioridad a 15 de marzo y se continúe realizando con posterioridad a 31 de diciembre.

Ambas bonificaciones son de carácter rogado: debe solicitarse su aplicación antes del 28 de junio de 2020 mediante cumplimentación de un impreso normalizado.


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