Blog

¿Te han denegado un ERTE por Fuerza Mayor?

¿Te han denegado un ERTE por Fuerza Mayor?

jueves, 16 de abril de 2020

Debido a la ambigüedad de la ley, la Administración ha considerado que algunas causas no están incluidas en aquellas de Fuerza Mayor y ha empezado a denegar ERTES (presentados bajo el Real Decreto-ley 8/2020), teniendo que abonar los salarios de los trabajadores y las cotizaciones a la Seguridad Social.

“Abrumadora”. Así calificó la ministra de Trabajo la cifra de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) recibida tanto por las autoridades autonómicas como por la Dirección General de Trabajo en las horas siguientes a la agilización de este instrumento frente al desplome de la actividad comercial motivado por el COVID19


SOLUCIONES

1.

Se puede presentar otro ERTE pero en este caso, en lugar de ser por Fuerza Mayor (procedimiento más breve) sería recurriendo a un procedimiento de Expediente de Regulación de empleo de suspensión o reducción de jornada, el cual implica mayores obligaciones legales.

Si solo hay un centro de trabajo o hay varios pero se encuentran solo en una Comunidad Autónoma, se debe iniciar un procedimiento ante la Dirección General de Trabajo de esas Comunidad Autónoma. En caso de que se encuentre en varias, de debe acudir al Ministerio de Trabajo.

El proceso incluye una comunicación con los trabajadores y su representante legal así como una comunicación con la Autoridad Laboral. Después de estas comunicaciones en las que hay que presentar una memoria, relación de empleados afectados, criterios de elección, medidas propuestas e informes técnicos, se inicia un período de negociación (que no excede los 7 días) en los que finalmente se llega a un acuerdo. (Los trabajadores podrán impugnar la medida judicialmente).

2.

Ante la denegación del ERTE por Fuerza Mayor se puede interponer una demanda judicial ante el Juzgado de lo Social para hacer valer los motivos que te llevaron a solicitarlo.


¿Necesitas que te ayudemos? 

Contáctanos a través de este formulario:

Si lo prefiere, puede ponerse en contacto con nosotros a través de la siguiente dirección de correo electrónico: info@proluco.com o a través del teléfono de contacto +34 915 488 326.
El responsable del tratamiento de los datos personales facilitados en el formulario de contacto es PROLUCO LAWAYS, S.L. quien tiene un interés legítimo en tratarlos con la finalidad de atender las consultas que nos plantee a través del mismo. En función de la consulta planteada es posible que sus datos sean ser compartidos con terceros prestadores de servicios que actúan como encargados del tratamiento de PROLUCO LAWAYS, S.L. (por ejemplo, asesorías fiscales y contables). Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional sobre privacidad
Al hacer click en el botón “Enviar” declaras conocer y entender la política de privacidad de PROLUCO LAWAYS, S.L.

Últimas noticias
Foto
¿Cómo actuar ante una inspección laboral?
19/01/2023
Foto
Atención clientes: Recordad añadir los días de vacaciones en Track Peo…
09/01/2023
Foto
Los trabajadores de baja ya no tienen que presentar el parte médico a …
05/01/2023
Foto
Subvención para la contratación indefinida en Madrid
02/01/2023